Horario de atención: Lunes a Viernes 08:30 - 13:00 | 14:00 - 17:30

El asegurado o el beneficiario están obligados a dar aviso de la ocurrencia del siniestro, al asegurador o su representante legal autorizado, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que hayan tenido conocimiento del mismo. El plazo puede ampliarse, mas no reducirse, por acuerdo de las partes (asegurado y asegurador). «»Además el asegurado debe evitar la extensión o propagación del siniestro y a procurar el salvamento de las cosas amenazadas…»» Esta disposición no aplica a los seguros de personas se compromete a cubrir y los cuales se encuentran señalados en la póliza.