Glosario
ABANDONO
Facultad concedida al Asegurado, en determinadas ocasiones, para exigir el importe total de la suma asegurada en caso de siniestro.
ACCIDENTE
Es el acontecimiento inesperado, repentino e involuntario que pueda causar daños al asegurado o a sus cosas independientemente de su voluntad. No se considera como accidente hurto, robo parcial y robo total.
ACTIVO FIJO
Son los objetos del seguro cuyos valores o cantidad de unidades varían muy poco, en cuanto a cantidad y valor durante la vigencia de la póliza, por ejemplo: edificios, maquinarias, etc.
ACTIVO FLOTANTE
Son los objetos del seguro cuyos valores o cantidad de unidades varían frecuentemente, ejemplos: materia prima, productos en proceso, producto terminado, mercaderías, etc.
ADMINISTRACION DE RIESGOS
Técnica de tratamiento del riesgo que permite, luego de un análisis (vulnerabilidad y probabilidad de ocurrencia), tomar una decisión para: aceptar, rechazar, prevenir transferir (total o parcialmente) un riesgo.
AFIANZADO
Persona natural o jurídica que, en una póliza de fianzas, actúa como contratante del seguro, pagado de la prima. Es la persona garantizada por la compañía en la operación.
AGENCIAS ASESORAS PRODUCTORAS DE SEGUROS
Personas Jurídicas con organización propia, cuya única actividad es la de gestionar y obtener contratos de seguros, para una o varias empresas de seguros o de medicina prepagada autorizada a operar en el país. Las empresas de seguros serán solidariamente responsables por los actos ordenados o ejecutados por los agentes de seguros y las agencias asesoras productoras de seguros, dentro de las facultades contenidas en los respectivos contratos.
AGENTE DE SEGUROS
Personas naturales, cuya actividad está autorizada por la Superintendencia de Bancos y Seguros y que a nombre de una empresa de seguros se dedica a gestionar y obtener contratos de seguros, mediante la celebración de un Contrato Mercantil de Agenciamiento con la empresa de seguros; y los agentes de seguros, personas naturales que a nombre de una o varias empresas de seguros se dedican a obtener contratos de seguros, se regirán por el contrato mercantil de agenciamiento suscrito entre las partes.
AGRAVACIÓN DEL RIESGO
Es la situación que se produce cuando existe alguna modificación o alteración de circunstancias que antes no existían, es decir el uso diferente al indicado en la póliza del seguro, aumentando la posibilidad de un accidente o peligrosidad de un evento que afecta a un determinado riesgo. El asegurado deberá manifestar a la Aseguradora todas las circunstancias que agraven el riesgo asegurado.
AJUSTADOR
Es la persona física o moral que en base a sus conocimientos y experiencia, es contratada por la aseguradora para determinar el monto y valor de los daños que sean causados a bienes o personas a consecuencia de un siniestro.
AJUSTE
Esla técnico que se utiliza para establece el valor de la indemnización, de acuerdo a los términos y condiciones del contrato de seguros (póliza) y a las causas y efectos de la ocurrencia accidental y fortuita de una siniestro.
ALEATORIO
El evento se considera aleatorio cuando su ocurrencia no es predecible en el futuro, es incierto. El Seguro en general es un contrato basado en este fenómeno porque el pago de los beneficios está en función de que ocurra o no un posible siniestro.
ANEXO
Son los cambios o actualizaciones que se realizan a las condiciones originales de una póliza. Pueden ser de aumento, rebaja o modificación. Son las adendas al contrato de seguro.
ANTISELECCIÓN DE RIESGOS
Se refiere al sistema de asegurar empleado para los seguros de Maquinaria, en la que a pesar de tener un conjunto de maquinarias el asegurado desea asegurar solo una, lo que atenta contra el proceso normal de selección de riesgo.
En las pólizas colectivas se dice que hay anti selección de riesgos porque no se puede calificar a cada individuo como tal.
APLICACIÓN
Impreso mediante el cual se notifican al asegurador los viajes o expediciones de mercancías aseguradas bajo una póliza abierta o flotante.
ARBITRAJE
Es la valorización del siniestro, efectuada por peritos imparciales para determinar el valor de los daños, cuando existe diferencia de criterios o respecto a la interpretación de las condiciones de la póliza en las que se presume una actuación imparcial y objetiva.
ASALTO
Es la acción violenta, física o moral, contra una persona con el propósito de obtener sus bienes.
ASEGURADO
Es la persona natural o jurídica, que es titular del interés asegurable o aquella que está expuesta al riesgo o cuyo patrimonio puede resultar afectado, directa o indirectamente, por la realización de un siniestro.
ASEGURADORA
Es la persona jurídica debidamente aprobada por la Superintendencia de Bancos y Seguros. Técnica y financieramente estructurada para asumir riesgos a cambio de una prima.
ASEGURABLE
Es cualquier persona o bien que reúne las características predeterminadas para poder ser objeto de la cobertura del seguro.
AVERIA
Término usado en el seguro marítimo y que es sinónimo de siniestro.
AVISO DE SINIESTRO
Documento mediante el cual el Asegurado o su Agente, comunica al Asegurador la ocurrencia de un accidente determinado, cuyas características coinciden, en principio, con las previstas en la póliza en su definición de coberturas admitidas.
AZAROSO
Se dice de las características de los materiales peligrosos tales como: explosivos, inflamables, corrosivos, abrasivos, volátiles, combustibles, radioactivos.
BENEFICIARIO
Es la persona natural o jurídica designada en la póliza por el Asegurado/ Contratante para recibir la indemnización u otros beneficios asociados a las coberturas adquiridas de acuerdo a la póliza contratada.
BIENES ASEGURADOS
Son todos los objetos tangibles o intangibles que están dentro de la cobertura del seguro.
CANCELACIÓN
Es la rescisión de los efectos de una póliza prevista en el contrato de seguros, sea esta por decisión unilateral o por acuerdo mutuo.
CAPITAL ASEGURADO
Valor atribuido por el titular de un contrato de seguro a los bienes cubiertos en la póliza. Es la cantidad máxima que está obligado a pagar el Asegurador en caso de siniestro.
CARTERA DE SEGUROS
Es la composición de Clientes o Asegurados que tienen sus pólizas vigentes en una compañía de seguros.
CAUSA
Es el acontecimiento que produce unos efectos. Para los fines del seguro, a causa es el hecho o acontecimiento que produce daños o pérdidas.
CAUSA – EFECTO
Es el análisis que se emplea para determinar la causa de un daño o pérdida (efecto). Para las indemnizaciones de los siniestros se utiliza como herramienta el Diagrama de Hishicawa o Espina de Pescado.
CLAUSULA ADICIONAL
Es aquella que permite aclara conceptos de las condiciones generales de la poliza. Estas no tienen costo: con parte de las condiciones especiales de una poliza.
COASEGURO
Es la ocurrencia de dos o más Entidades Aseguradoras en la cobertura de un riesgo. Es uno de los sistemas utilizados por los Aseguradores para homogeneizar su cartera, ya que solo participan en determinados riesgos y en la proporción que técnicamente consideran aconsejable.
COASEGURO CONVENIO DE
Es la operación de compartir un riesgo entre varias aseguradoras, emitiéndose una sola póliza por parte de la compañía líder, quien cede a las coaseguradoras restantes su proporción. Este es un convenio administrativo no solidario.
COASEGURO PACTADO
Sistema mediante el cual el asegurado asume un porcentaje de las pérdidas totales exclusivamente, empleado con el fin de generar un ahorro en el costo del seguro para el asegurado, sin que este tenga que aportar su porcentaje en las perdidas parciales, ya que en la emisión de la póliza con esta característica (coaseguro pactado) se cobra un recargo a la prima para el efecto.
COASEGURADORES
Compañías aseguradoras que participan en el riesgo.
COBERTURA
Es el compromiso aceptado por la compañía de seguros de hacerse cargo de los gastos, hasta el límite estipulado, de las consecuencias económicas derivadas de un siniestro.
COBERTURA ADICIONAL O AMPARO ADICIONAL
Es aquella cláusula que amplía el alcance del seguro y, por lo tanto, tiene un costo adicional. Normalmente contratada para convertir a una exclusión en un riesgo cubierto (con o sin costo).
COMBUSTIBLE
Es la característica que tienen ciertos bienes de aportar y continuar una combustión.
COMBUSTION
Es la reacción física y química al juntar tres elementos: oxígeno, un combustible y calor. Existe la combustión lenta o incandescente, es decir aquella que se propaga gradualmente. También existe la combustión rápida, la cual es el producto de la reacción en cadena de los tres elementos citados, la cual produce fuego o candela.
COMISION DE AGENCIAMIENTO
Es un porcentaje que recibe el agente corredor de seguros por la gestión de colocar las pólizas de sus clientes en la Aseguradora. Se considera el costo de adquisición.
CONDICIONES GENERALES
Son aquéllas que establecen el conjunto de principios que regulan todos los contratos de seguro.
CONDICIONES PARTICULARES
Son aquellas que contemplan aspectos concretamente relativos al riesgo que se asegura.
CONTINGENCIA (RIESGO)
Se refiere a la posibilidad de que ocurra un hecho incierto, con consecuencias negativas.
CONTRA GARANTIA
Es el instrumento por medio del cual el afianzado respalda (contra garantiza) a la compañía de seguros emisora de una garantía (póliza de fianza) para que, en caso de producirse la ejecución de la garantía, la aseguradora (afianzadora) pueda proceder con la subrogación.
CONTRATISTA
Es la persona natural o jurídica que se compromete, mediante un contrato, con la ejecución de una obra y/o la prestación de un servicio y/o la provisión de bienes.
CONTRATANTE
Es la persona natural o jurídica que acuerda con la compañía de seguros la contratación de la póliza mediante el pago de la prima de seguros. En algunas ocasiones, el contratante puede ser el propio asegurado.
CONTRATO DE SEGUROS
Documento suscrito con una entidad Aseguradora en el que se establecen las normas que han de regular la relación contractual entre ambas partes (Asegurador y Asegurado), especificando sus derechos y obligaciones, a través de la póliza de seguros, la aseguradora conviene, previo pago de una cantidad denominada prima, otorgar una indemnización o reembolso al asegurado, si sucede un siniestro.
CORTO PLAZO
Es un sistema para liquidar la prima. Se lo utiliza para compensar los gastos administrativos de una póliza cuando es el Asegurado quien solicita una cancelación; o cuando la vigencia es menor a un año.
COTIZACIÓN
Es la estimación o costo de la prima de seguros que ofrece la aseguradora al asegurado.
CUOTA
Concepto equivale a “Prima”, siento este el precio en porcentaje o cantidad fija, que se le da a un riesgo, en función de la experiencia y la siniestralidad que sobre él tiene la aseguradora.
DAÑO
Es toda pérdida personal o material, en su vida o en su patrimonio a consecuencia de un Siniestro.
DEDUCIBLE
Cantidad o porcentaje establecido en la póliza, que está a cargo del asegurado en caso de producirse el siniestro.
DERECHOS DE EMISION
Son los gastos administrativos en los que incurre la Aseguradora al emitir un documento, y los cuales son cobrados al contratante del seguro.
DEVOLUCIÓN
Restitución a alguien de algo que se le debe. Se denomina también extorno.
DOLO
Simulación que realiza una persona de un siniestro o de sus consecuencias, en perjuicio de otra. Es sinónimo de «mala fe».
EFECTIVO
Numerario, moneda acuñada o, en general, dinero.
EFECTO
Es el resultado de la ocurrencia de una causa. Para los fines del seguro, representa los daños o pérdidas provenientes de la ocurrencia de una causa. El hecho solo de que una causa ocurra no da derecho de indemnización al asegurado. Son los daños y o pérdidas resultantes de la causa los que dan derecho a indemnización según lo previsto en la póliza.
EMBALAJE
Es el sistema de protección de una mercadería. Generalmente éste es un cuerpo aparte (continente) que está especialmente construido para la movilización de mercaderías de acuerdo a las características propias del contenido.
Existe cierto tipo de mercaderías cuyo embalaje está formado por la misma mercadería, por ejemplo, las bobinas de papel, cuyas primeras capas corresponden al embalaje.
ENDOSO
Toda modificación del contrato de seguro. Es el documento contractual que se añade a la póliza, y que puede aumentar o disminuir el importe de la prima o que puede aclarar alguna de las cláusulas del contrato de seguros.
EQUIPO ELECTRÓNICO
Se llaman equipos electrónicos a aquellos que están basados en componentes construidos con materiales semiconductores, en contraste con los equipos eléctricos, en los cuales su tecnología se basa en materiales conductores y sus sistemas son mecánicos.
ESPEJO
Son las características de las pólizas o coberturas de daños consecuenciales tales como Lucro Cesante o Remoción de Escombros, que ampara las consecuencias de los efectos cubiertos en una póliza, por los cuales el asegurado puede tener derecho a percibir una indemnización.
EVENTO
Acontecimiento o suceso imprevisto.
EXCLUSIONES DE RIESGOS
La entidad aseguradora cubre únicamente los riesgos previstos en la póliza. Son aquellos conceptos o riesgos que expresamente la aseguradora no da por cubiertos en una póliza.
EXPLOSION
Es el hecho de que un objeto reviente con estruendo hacia afuera como resultado de una mayor presión interna con relación a la externa.
FACTOR DE INCERTIDUMBRE
Es un factor que se emplea en los cálculos de los costos del seguro. Este factor es inversamente proporcional al tamaño de la muestra que se analiza.
FACTURA COMERCIAL
Documento probatorio del contrato de venta, donde se refleja el tipo de mercancía, la cantidad y su precio.
FALSEDAD
Falta de verdad o autenticidad en la afirmación de un hecho o en la ejecución de un acto.
FECHA DE OCURRENCIA
Fecha en que se produjo el siniestro objeto de reclamación.
FIANZA
Para los fines del seguro, es la póliza que garantiza al asegurado el cumplimiento de un contrato o convenio por parte del afianzado (contratante del seguro).
FIDELIDAD
Es aquel que ampara las pérdidas producidas por la infidelidad de los empleados de un asegurado, entendiendo por infidelidad la apropiación ilícita, por parte del empleado, del dinero o de los bienes del empleador.
FINIQUITO
Es el documento mediante el cual se instrumenta la provisión de una indemnización a un beneficiario. En dicho instrumento se establece la satisfacción total de la indemnización y, adicionalmente, el beneficiario / asegurado cede el derecho de reclamación a terceros causantes de la pérdida o daño materia de la indemnización pactada e instrumentada a través de este documento.
FRANQUICIA
Es la participación que el asegurado tiene en cada siniestro. Se lo utiliza técnicamente para eliminar pérdidas pequeñas que no ponen en riesgo el patrimonio del Asegurado. Su objetivo es disminuir el costo directo del seguro y por ello se la conoce también como “Costo indirecto del seguro”. Como efecto positivo adicional de la contratación de una póliza con una franquicia adecuada, se consigue que el asegurado mantenga un mejor control sobre la administración de sus riesgos. Generalmente la franquicia evita la reclamación de aquellos siniestros que están bajo el control del asegurado.
Existen dos tipos de franquicias: deducible y no deducible.
FRANQUICIA DEDUCIBLE
Es aquella cantidad preestablecida que se disminuye de la indemnización.
FRANQUICIA NO DEDUCIBLE
Es aquella que solo limita la indemnización a un monto preestablecido. En caso de que el siniestro supere dicha cantidad, se indemniza sin disminuir valor alguno por este concepto.
FIANZA
Para los fines del seguro, es la póliza que garantiza al asegurado el cumplimiento de un contrato o convenio por parte del afianzado (contratante del seguro).
FUEGO
Es la evidencia de la combustión. Es la luz y calor producidos por la combustión de un cuerpo. La combustión produce gases. A aquellos gases que producen luz se les conoce como llama.
GANANCIA O PÉRDIDA
Es el remanente de la operación de una empresa que se expresa como resultado en el estado de Pérdidas y Ganancias o Balance de resultados.
GASTOS DE AJUSTE
Son los gastos en que incurre la aseguradora, por concepto de investigación para determinar el monto o valor de los daños que puedan existir en un siniestro.
GASTOS FIJOS
Son los gastos que continúan, no obstante la interrupción en las actividades del negocio, ejemplo: sueldos, arriendos, amortizaciones, etc.
GASTOS VARIABLES
Son aquellos gastos que se interrumpen simultáneamente con la paralización del negocio, ejemplo: combustibles, materias primas, etc.
GARANTIA
Garantía es el instrumento por medio del cual se establece un compromiso de cumplimiento de una obligación. En seguros, es un sinónimo.
GRUPO NATURAL
Se dice de un grupo de personas que ya existía como tal, que no se formó para el hecho concreto de contratar el seguro.
HURTO
Es el calificativo que se da en seguros a la desaparición misteriosa de bienes, como el resultado de la substracción de los mismos por personas desconocidas en circunstancias desconocidas y sin dejar huellas de violencia sobre los bienes.
INCENDIO
Se define como incendio a un fuego grande que abraza aquellos bienes que no están destinados a arder.
INCUMPLIMIENTO
Para los fines del seguro, incumplimiento es no terminar un contrato con las condiciones y estipulaciones previstas, ya sea en el tiempo determinado en el mismo contrato y/o en las características del compromiso.
INDEMNIZACIÓN
Es el pago de un siniestro a cargo del Asegurador en caso de producirse el siniestro.
INDICE DE SINIESTRALIDAD
Es el porcentaje de siniestros incurridos sobre las primas devengadas.
INFLAMABLE
Es la característica que tienen ciertos materiales combustibles de generar combustión por sí mismos cuando las condiciones para la inflamabilidad se dan.
INFRASEGURO
Es cuando el monto del seguro es inferior al valor real del objeto Asegurado.
INSPECCIÓN DE RIESGO
Es la acción por la cual, una persona especializada en la materia, se encarga de verificar las características del riesgo con el fin de obtener una visión clara y completa de las condiciones del mismo por parte de los suscriptores. Este es un procedimiento indispensable para poder emitir una cotización adecuada y luego una póliza técnicamente equilibrada y sustentable. De la inspección del riesgo pueden emanar recomendaciones de prevención o seguridad industrial tendientes a minimizar o disminuir el impacto de una ocurrencia.
INSPECCIÓN DE SINIESTRO
Es la técnica para establecer las pérdidas y o daños producidos por un siniestro: sus causas, efectos y posibles consecuencias.
INTERES ASEGURABLE
Es el interés que el asegurado tiene en mantener el bien asegurado en las mismas condiciones originales. Se dice de la relación de pertenencia, de responsabilidad o de derecho que tiene el tomador del seguro con respecto al objeto del seguro.
L.A.P.
“Libre de Avería Particular” es una cobertura del ramo de transportes que únicamente cubre las pérdidas de las mercaderías, las cuales son ocasionadas por daños del medio de transporte, por ejemplo, caída del avión, hundimiento del barco, etc.
LIMITE AGREGADO ANUAL
Se dice de aquel límite asegurado del cual se disminuyen las indemnizaciones.
LIMITE CATASTROFICO
Es aquel que se estipula en la póliza y limita la indemnización por una ocurrencia catastrófica.
LIMITE COLUSORIO
Corresponde al valor máximo en las pólizas de Fidelidad, el cual limita la indemnización cuando dos o más personas hubiesen acordado cometer un ilícito que determina una pérdida para el contratante de la póliza.
LIMITE ESPECÍFICO
Es el sistema para establecer los límites de responsabilidad (civil o en la sección de responsabilidad civil)) de las pólizas de Vehículos o de Todo Riesgo de Construcción o de Todo Riesgo de Montaje, en forma particular y por separado para los daños a terceras personas, con un límite para cada afectado, y un límite igualmente separado para los daños a la propiedad de terceros.
LIMITE UNICO COMBINADO
Este es un tipo de límite que se emplea en las pólizas de Vehículos, de Todo Riesgo de Construcción o de Todo Riesgo de Montaje en cuanto a la responsabilidad civil, o en la sección de responsabilidad civil, para establecer un solo límite para las indemnizaciones tanto de daños a terceras personas como de daños a los bienes de terceros que se vean afectados en un siniestro amparado.
LINEAS ALIADAS
Es el nombre que se da a las coberturas adicionales o amparos adicionales de las pólizas de Incendio y Líneas Aliadas.
M.M.E.
Monto máximo expuesto, aplicable a pólizas que tengan varias direcciones, y aquella que tenga una mayor concentración de valor asegurado en comparación con las demás direcciones, es la que determina el monto máximo expuesto.
MAQUINARIA
Conjunto de máquinas y motores que sirven para propulsar un buque y dar todos los servicios necesarios para que este opere correctamente.
MARGEN DE SOLVENCIA
Es la cantidad necesaria de recursos para que las empresas de seguros puedan cumplir a cabalidad sus compromisos con los asegurados.
NEGLIGENCIA
Falta de debida actuación, diligencia y precauciones debidas, sea en actos ordinarios o extraordinarios. Es sinónimo de imprudencia.
NOTIFICACIÓN DEL SINIESTRO
El asegurado debe comunicar al asegurador la ocurrencia del siniestro, dentro de los días especificados en la póliza.
OBJETO DEL SEGURO
Es la persona o cosa sobre la que recae la protección, amparo o cobertura del seguro.
PAGO DE PRIMAS
Principal obligación del Asegurado sin la cual no toma efecto el Seguro.
PAGO FRACCIONADO
Es la facilidad que otorga la aseguradora, para liquidar la prima en pagos fraccionados.
PATRIMONIO
Es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones susceptibles de valoración cuantitativa.
PÉRDIDA
Es aquella que afecta la propiedad física o moral de una persona.
PÉRDIDA PARCIAL
Pérdida o deterioro que sufre el objeto asegurado que no causa su pérdida total.
PÉRDIDA TOTAL
Es cuando los deterioros o la pérdida superan las tres cuartas partes del valor del objeto asegurado.
PÉRDIDA TOTAL ACORDADA
Es el sistema que se emplea para establecer la forma de indemnizar una pérdida en la que, de mutuo acuerdo con el asegurado, se declara pérdida total al objeto o conjunto de objetos del seguro afectados en el siniestro.
PÉRDIDA TOTAL CONSTRUCTIVA
Por uso y costumbre del mercado asegurador, se considera pérdida total constructiva cuando los costos de reparación superan el 70% o el 75% del valor asegurable.
PERÍODO DE CARENCIA
Corresponde a la franquicia deducible que se expresa en días. Se utiliza por ejemplo en Lucro Cesante en las cláusulas de Refrigeración o la de Frigoríficos, entre otras.
PERÍODO DE DESCUBRIMIENTO
Representa el tiempo en el cual se puede descubrir una pérdida y reparar a la aseguradora sin perder el derecho a la indemnización. Dependiendo del ramo, dicho período puede retrotraerse a la ocurrencia que dio origen y al momento del descubrimiento. En otros ramos se refiere al período futuro entre el acontecimiento y el descubrimiento con un vencimiento de promedio sin renovación de póliza.
PERÍODO DE INDEMNIZACION (L. C.)
Es el tiempo por el cual la Aseguradora reembolsará al asegurado, alícuotas de utilidad bruta. Se determina en función del tiempo máximo necesario para reconstruir la industria o lograr el nivel de producción que existía antes del siniestro, en las pólizas de tipo inglés.
PERJUICIO
Es la acción que ocasiona un daño o pérdida material o moral a un tercero, en sus bienes o persona, a consecuencia indirecta de un siniestro.
P.M.P.
Pérdida máxima probable corresponde a la suma máxima de exposición de un riesgo a determinado evento en circunstancias normales. Se establece en porcentajes y, cuando se trata de una póliza que tenga dos o más direcciones separadas, el análisis se lo hace a la mayor pérdida esperada.
PÓLIZA DE SEGURO
Contrato mediante el cual una parte se obliga, por el pago de una prima a indemnizar las pérdidas o los perjuicios que puedan sobrevenir a la otra parte y en el que se reflejan las normas que de forma general, particular o especial regulan la relación contractual convenida entre el asegurador y el asegurado. Es la evidencia escrita y válida entre el asegurado y la aseguradora. Se le denomina también como contrato de seguros.
PÓLIZA ABIERTA
Es una mezcla de póliza aislada y flotante, mediante la cual se garantizan varias expediciones o viajes a realizar en un período concreto de tiempo.
PÓLIZA A CORTO PLAZO
Son las pólizas con vigencia menor a un año.
PÓLIZA COLECTIVA
Es aquella que cubre a grupos naturales de Asegurados, y la suscripción se realiza calificando el grupo como tal y no a cada individuo.
PÓLIZA INDIVIDUAL
Es aquella póliza que se contrata para amparar a una o más personas sujetas a un análisis de suscripción por cada uno de los casos. Estas pólizas, normalmente, recaen sobre un solo asegurado.
PREDIO
Se refiere al sitio o lugar preciso en el que se encuentran los objetos del seguro.
PRIMA
Es el precio del seguro, es el importe que determina la aseguradora, como contraprestación o pago, por la protección que otorga en los términos del contrato de seguros ó póliza.
PRIMA BRUTA
Representa la sumatoria de la prima neta más los recargos en una póliza, pudiendo ser éstos: impuestos, contribución a Superintendencia de Bancos y Seguros, derechos de emisión, intereses por financiamiento y otros cargos por otros conceptos.
PRIMA DEVENGADA
Corresponde a la prima ganada por la compañía por una de las dos razones expuestas a continuación:
a) Por el tiempo transcurrido desde el inicio de la vigencia de la póliza hasta la fecha de análisis.
b) En virtud de la indemnización otorgada por la Aseguradora al Asegurado, la prima correspondiente al valor indemnizado queda automáticamente ganada por la compañía por toda la vigencia.
PRIMA EN DEPÓSITO
Es el porcentaje de una prima que se deposita al inicio de vigencia y que es ajustada al término del período. Generalmente se lo utiliza en activos flotantes.
PRIMA MÍNIMA
Representa el menor monto que por cualquier concepto se facturará en una póliza o anexo.
PRIMA NETA
Representa la prima calculada antes de impuestos y demás cargos.
PRIMA SUSCRITAS
Corresponde a las primas de las pólizas emitidas, independientemente de que hayan sido pagadas o no.
PRINCIPIOS BÁSICOS DEL SEGURO
Representan los pilares fundamentales sobre los cuales está sólidamente estructurada la Institución del Seguro en general, y de los Ramos Generales (de daños) en particular.
Este conjunto de principios jurídicos, técnicos, éticos y morales de la operación del seguro representan la base fundamental del conocimiento en la materia de seguros, la cual surge a partir de la comprensión de los mismos y sus interrelaciones.
PROBABILIDAD DE OCURRENCIA
Corresponde al valor matemático de un riesgo. Se representa con P y su valor es menor que uno y mayor a cero.
Representa el grado de posibilidad de ocurrencia de un riesgo, calculado matemáticamente en bases estadísticas. Es general para los objetos de un mismo tipo destinados a un mismo giro del negocio, ya que la vulnerabilidad de esos objetos podrá determinar mayor o menor grado de riesgo (pérdida o daño) ante una misma probabilidad.
PROGRAMA DE SEGUROS
Es el conjunto de pólizas de diferentes ramos que pertenecen a un mismo Asegurado y que se las maneja en conjunto.
PRORRATA
Es el cálculo que se realiza para establecer la prima neta de un documento, sea positivo o negativo, de acuerdo a los días de vigencia, tomando como base 365 días al año.
PUNTO DE INFLACIÓN
Es el momento en el que un material combustible se enciende solo (se inflama), se prende solo, este momento está dado por la conjunción de un nivel de temperatura y un tiempo de explosión a esa determinada temperatura.
RAMO
Modalidad o conjunto de modalidades de seguro relativas a riesgos de características similares. Ejemplos: Ramo de Vida, Ramo de Incendios, Ramo de Automóviles, etc.
REASEGURO
Contrato de seguro mediante el cual un asegurador vuelve a asegurar con otro, comúnmente conocido como «Reasegurador», todo o parte de un riesgo que ha asumido previamente. Existen diversos tipos de contratos de reaseguro, siendo los más comunes los conocidos como de «cuota-parte», «exceso de pérdida», de «excedente» y «facultativo».
REASEGURADOR
Es la persona jurídica que recibe cesiones de participación en riesgos de pólizas emitidas por el Asegurador directo (compañía de seguros que en esta operación se llama cedente), pudiendo ser estas cesiones automáticas o facultativas.
REASEGURO FACULTATIVO ACEPTADO (R.F.A.)
Son los convenios aceptados a otras compañías aseguradoras, en las cuales se asume únicamente un porcentaje del riesgo.
REASEGURO FACULTATIVO ACEPTADO (R.F.C.)
Es un medio de dispersión de riesgos en el cual la Aseguradora cede a otras Aseguradoras o Reaseguradoras parte de los riesgos individualmente contratados.
RECUPERO
Es el valor correspondiente a la venta de salvamentos o el valor correspondiente a la recuperación judicial o extrajudicial por parte de la Aseguradora por haber ejercido el derecho de subrogación frente a los terceros causantes de una perdida indemnizada previamente por la Aseguradora.
RENOVACIÓN
Se denomina al proceso de extender la vigencia de la póliza por un período igual al anterior.
RESERVA DE RIESGOS
Es el valor inicial que se constituye como reserva y se toma como guía para realizar una posible indemnización posterior. Dicha reserva o provisión se libera una vez que la compañía haya indemnizado o negado definitivamente un reclamo.
RESERVA DE RIESGOS EN CURSO
Se llaman reservas de riesgos en curso a los valores que la Aseguradora constituye como tales a nivel contable, a la fecha de contabilización de una póliza. Estos valores son posteriormente liberados en el mismo período, pero para el ejercicio económico siguiente, y corresponden normalmente al 40% de las primas de retención en los ramos generales. A partir de 1999 se calcula según el sistema semimensual.
RESPONSABILIDAD CIVIL
Obligación que tiene una persona de reparar los daños y perjuicios causados a otra. Si dicha responsabilidad nace de un contrato entre ambas recibe el nombre de Responsabilidad Civil Contractual.
RESTITUCIÓN AUTOMÁTICA DE SUMA ASEGURADA (RASA)
Es una cláusula adicional que permite restituir automáticamente el valor asegurado de un bien después de un siniestro, mediante el pago de una prima calculada por el período que falta para finalizar la vigencia original. Aplica en las pólizas cuyo límite asegurado es agregado anual.
RIESGO
Es la probabilidad de ocurrencia de un siniestro.
RESULTADO TÉCNICO
Es la utilidad o pérdida final que se obtiene al restar, de las primas netas, los reaseguros pagados, los siniestros pagados, las reservas y otros conceptos técnicos.
RIESGO
Probabilidad de ocurrencia de un hecho incierto, fortuito, accidental y que tiene consecuencias.
RIESGO ASEGURABLE
Desde el punto de vista técnico, es aquel objeto o conjunto de objetos del seguro que pueden ser asegurados bajo las características de súbito, imprevisto, aleatorio y accidental.
RIESGO CATASTROFICO
Se dice de aquellos riesgos que pueden, potencialmente, afectar el patrimonio de muchas personas o una comunidad y son de elevada intensidad y cuantía.
RIESGO COMERCIAL
(RIESGO ESPECULATIVO)
Se dice de la característica de un riesgo que está expuesto a las contingencias de un negocio: el ganar o perder con una operación comercial. Por ejemplo, la ganancia o posible pérdida de especular con monedas extranjeras. Esta característica del riesgo no es asegurable.
RIESGO DINÁMICO
Se dice de aquellos riesgos cuya probabilidad de ocurrencia varía en el tiempo.
RIESGO ESTÁTICO
Se dice de aquellos riesgos cuya probabilidad de ocurrencia es la misma en el tiempo.
RIESGO FÍSICO
Corresponde al objeto del seguro, de los cuales generalmente se puede establecer su estado de conservación y el nivel de protección y seguridades que modifican su vulnerabilidad y el nivel de explosión a diferentes contingencias.
RIESGO MORAL
Representa el grado o posibilidad de la realización de un fraude por parte del Asegurado mediante la contratación de una o más pólizas con este fin.
RIESGO PARTICULAR
Se dice de aquellos riesgos que afectan solamente el patrimonio de una persona.
RIESGO PURO
Para los fines del seguro, riesgo puro es aquel generalmente estático, netamente accidental, casual, repentino, aleatorio y que no depende de la voluntad de la persona afectada.
ROBO
Apropiación indebida de una cosa ajena, con ánimo de lucro, empleando fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas.
SALVAMENTO
Son los bienes que han resultado ilesos y son rescatados luego de un siniestro.
SALVATAJE
Se refiere al hecho de recuperar un objeto dañado de su lugar de daño, con el fin de trasladarlo a otro sitio, por ejemplo: si un barco que se encuentra a la deriva es recuperado por otro que lo remolca a un lugar seguro, el barco que remolcó al dañado cobra gastos de “Salvataje”.
SEGURO
Es un sistema de traslación de riesgos en el que la Aseguradora se compromete a pagar los siniestros, si éstos ocurrieren, a cambio de una prima pagadera por el Asegurado. Es un sistema solidario de protección mutua que se basa sobre el principio de dispersión del riesgo.
SINIESTRALIDAD
Es el porcentaje que se obtiene entre los siniestros indemnizados y las primas pagadas.
SINIESTRO
Es el acontecimiento o hecho previsto en el contrato, cuya ocurrencia obliga al asegurador a indemnizar la pérdida.
SINIESTROS PAGADOS
Se refiere a los montos pagados por concepto de indemnizaciones, incluyendo los valores egresados por concepto de atención de siniestros tales como honorarios de peritos, gastos de ajustadores e inspectores.
SOBRESEGURO
Es la situación que se produce cuando el monto del seguro supera el valor del objeto Asegurado.
SOLICITANTE
Es quien solicita el seguro para una persona determinada o determinable, pudiendo ser el mismo asegurado.
SUBCONTRATISTA
Es el personal técnico especializado que ha sido contratado por un contratista para realizar ciertas obras en particular como parte de la obra principal.
SUBROGACION
Es el principio por el cual, luego de haber recibido una indemnización, el Asegurado transfiere a la Aseguradora el derecho de hacer reclamos a terceros para recuperar los valores que fueron indemnizados e incurridos por ésta.
SUSCRIPCIÓN OBJETIVA
Es la resultante de aplicar a los resultados estadísticos de una operación, fórmulas matemáticas que nos dan una aproximación bastante real de las tasas y deducibles que utilizaremos en la elaboración de una tarifa determinada. Es requisito para la utilización de esta técnica el contar con la cantidad suficiente de información y desagregada adecuadamente.
SUSCRIPCIÓN SUBJETIVA
Aquella en que los parámetros que se utilizan dependen del buen criterio y experiencia de las personas que participan en la elaboración de este tipo de tarifa.
SUMA ASEGURADA
Se llama así al máximo monto asignado, pagadero en caso de siniestro. Es un valor previamente estipulado en las condiciones de póliza.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS
El organismo contralor.
TARIFA
Es el tipo de tasa o de prima (tanto por mil) aplicable a un determinado riesgo.
TASA
Es el porcentaje que se aplicará sobre la suma asegurada para obtener el precio del seguro.
TASA DE RIESGO
Es el cálculo estadístico que representa un factor que, aplicado a la suma asegurada, permite indemnizar las pérdidas, exclusivamente.
UTILIDAD BRUTA
Es la suma de la utilidad neta derivada de las operaciones del negocio más todos los gastos fijos y permanentes, excluyendo cualquier ingreso o egreso imputable a la cuenta capital.
UTILIDAD NETA
Se refiere al remanente de restar -de la Utilidad bruta- los gastos variables.
USO Y DESGASTE
Es la depreciación que sufre cualquier objeto como consecuencia de su utilización habitual, y que se considera a la hora de valorar una indemnización por siniestro.
VALOR ASEGURABLE
Evaluación de los bienes asegurados susceptibles de garantía en la póliza.
VALOR ACORDADO
Corresponde al tipo de valor asegurado que se determina de mutuo acuerdo entre la Aseguradora y el Asegurado para aquellos bienes cuya valorización es subjetiva. Se refiere a objetos como obras de arte, antigüedades, manuscritos, etc.
VALOR AGREGADO
Es una característica del valor de la Póliza de Incendio. Corresponde a aquel valor asegurado del que se disminuyen las indemnizaciones. Por esa razón se acostumbra casi siempre incluir en la póliza la cláusula de restitución automática del valor asegurado.
VALOR F.O.B.
Representa el valor de las mercaderías en el puerto de embarque “FREE ON BOARD”. Se lo emplea en el seguro de transporte de importaciones.
VALOR C.&F.
Representa el valor FOB más el flete de importación “Cost and freight”.
VALOR DEL RECLAMO
Representa el valor que el Asegurado espera como indemnización.
VALOR DE SINIESTRO
Representa el valor de los daños de un siniestro, el cual pude generar uno o más reclamos con sus valores individuales.
VALOR DE LA INDEMNIZACION
Representa el valor entregado al Asegurado y/o beneficiario por concepto de indemnización, habiéndose deducido los valores correspondientes a la franquicia deducible y a la depreciación, si aplica, pero antes de deducir el valor correspondiente a restitución de suma asegurada.
VALOR DE REPOSICION
Representa el valor que permita, al momento de ocurrir un siniestro, que la compañía indemnice el monto equivalente -al valor a nuevo- del mismo bien y de las mismas características, siempre y cuando dicho valor alcance para el efecto y que el Asegurado realmente remplace el bien afectado.
VALOR REAL ACTUAL
Es el equivalente del valor a nuevo del bien siniestrado y de las mismas características, deduciendo la depreciación técnica (no contable) por uso, calculando la vida transcurrida sobre la vida útil de dicho bien. El sistema de depreciación es por saldos.
VIGENCIA
Es el período dado entre dos fechas y por un número determinado de días en el cual una póliza provee cobertura. Esto es aplicable a las pólizas de base anual, por ejemplo, no se aplica a transporte de importaciones.
VULNERABILIDAD DEL RIESGO
Es la respuesta de un determinado objeto frente a un riesgo, dependiendo de sus características propias.