Ampara la pérdida resultante directa y únicamente de actos dolosos o fraudulentos cometidos por empleados del Asegurado, con la intención de causar al Asegurado una pérdida o de obtener lucro financiero para ellos mismos, donde quiera que se cometan, bien sea por uno solo o en colusión con otros, incluyendo la pérdida de bienes por cualquiera de tales actos cometidos por los empleados.
No obstante lo anterior, se acuerda que con respecto a las negociaciones u otras transacciones con títulos valores, mercancías, futuros, opciones, monedas, moneda extranjera (y similares), préstamos y transacciones de tal naturaleza u otras extensiones de crédito, esta Póliza cubre sólo las pérdidas que resulten directa y únicamente de actos dolosos cometidos por los empleados del Asegurado, con la intención manifiesta de efectuarlos y que resulten en lucro financiero deshonesto para ellos, diferente a salarios, honorarios, comisiones, bonificaciones y prestaciones y otros emolumentos similares, devengados por los empleados durante el normal desarrollo de sus empleos.
La Póliza cubre:
- Pérdida dentro de local u oficina.
- Bienes en tránsito.
- Falsificación o alteración de documentos.
- Títulos valores.
- Moneda falsa.
- Pérdida o daños a locales u oficinas y sus contenidos.
- Gastos legales.